¡Adiós a las multas! SUNAT permitirá canjear sanciones por capacitación este 2025
A partir de diciembre 2025, la SUNAT ha oficializado un cambio histórico en el Código Tributario. Las microempresas ahora podrán canjear sus multas por cursos de capacitación. Esta medida busca educar al emprendedor en lugar de quitarle liquidez. A continuación, te explicamos los requisitos según el Decreto Supremo N.º 288-2025-EF.
12/15/20251 min read


¿Quiénes pueden acceder al beneficio? Este beneficio es exclusivo para las Microempresas, es decir, aquellas cuyas ventas anuales no superen las 150 UIT. Considerando que la UIT para 2025 es de S/ 5,350, estamos hablando de ingresos anuales de hasta S/ 802,500.
¿Cómo funciona el curso y qué pasa si no asisto? Según el reglamento oficial, la capacitación será 100% virtual (salvo excepciones muy específicas). La SUNAT te enviará una notificación indicando qué infracción cometiste y te dará un plazo para completar el módulo educativo.
¡Ojo con la letra chica!
Es una sola oportunidad: Este beneficio aplica solo la primera vez que cometas un tipo de infracción. Si reincides, la multa se aplicará normal.
Reconocimiento automático: Al llevar el curso, estás aceptando que cometiste la falta.
Si no asistes: Perderás el beneficio automáticamente y la SUNAT procederá con la multa o el cierre de tu local según corresponda.
El requisito principal es subsanar la infracción voluntariamente y aprobar el curso virtual de la SUNAT.
Ficha Legal y Fuentes:
Norma: Decreto Supremo que modifica el Reglamento del Régimen de Gradualidad (Publicado el 06/12/2025).
Base Legal: Artículos 166° y 180° del Código Tributario Peruano.
Fuente Oficial: https://emprender.sunat.gob.pe/acciones-sunat/facultad-sancionadora/cursos-capacitacion-para-las-microempresas , https://www.gob.pe/institucion/mef/normas-legales/7485025-288-2025-ef
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